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Más información de Convenios.
CONVENIO REFUGIADOS
 
El 13 de junio del año 2007, se celebró el convenio entre el Ministerio del Interior y Fonasa, el cual consiste en, el caso de extranjeros que han solicitado ante el Departamento de Extranjería su calificación como Refugiados, cuya resolución se encuentre en trámite, tendrán derecho a tener la calidad de beneficiarios del Régimen de prestaciones de Fonasa, en caso de cumplir los demás requisitos que se exigen a los chilenos. Para ello, Fonasa podrá asignarles un número de identificación interno para tenerlos como potenciales beneficiarios y así, en caso de necesitarse, podrán ser acreditados como beneficiarios del Sistema Público de Salud, sea como afiliado cotizante, carga familiar, Carente de Recursos, entre otras según corresponda.
 
¿Cómo se acreditan en Fonasa para ser Beneficiarios?
 
Podrán dirigirse a cualquier sucursal Fonasa para ser acreditados como beneficiarios del Sistema Público de Salud en calidad de afiliado cotizante, carga de asignación familiar o como Carente de Recursos, entre otras según corresponda. En caso de corresponder a este último también se podrá dirigir a cualquier establecimiento de Salud Público habilitado para estos efectos.
 
¿Qué vigencia tienen como Beneficiarios?
 
La vigencia de la afiliación a Fonasa será: Mientras dure la validez de la calidad de solicitante de Refugio, fecha informada por el Departamento de Extranjería. Mientras dure la vigencia de la calidad de Refugiado, fecha informada por el Departamento de Extranjería.
 
LPR.
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